viernes, 6 de noviembre de 2009

EL IUSNATURALISMO ACTUAL De M. Villey a J. Finnis

Es importante conocer las teorías de Villey y de Finnis, que son iusfilósofos contemporáneos con diferentes puntos de vista. Por un lado la filosofía de Villey se concentra principalmente en dos puntos, primero en definir al derecho y segundo en los medio para inventar la solución de derecho. En cambio Finnis se basa principalmente en la ley natural y en los derechos naturales.

Villey se basa en Aristóteles y en Santo Tomás, y la finalidad es describir la filosofía del derecho, dice que su pensamiento es simple, pero la verdad es que es complejo, confuso y contradictorio. Villey atribuye a la razón y al saber práctico, y es por eso que su filosofía es realista, e intenta conocer la estructura general del mundo, esto quiere decir la organización del todo. Nos dice que la filosofía ayuda a las demás ciencias a precisar su objeto de estudio, además de regular los conflictos que existen entre las ciencias, pero la filosofía se debe autodefinir. Por otro lado nos dice que las ciencias modernas están reduciendo cada vez mas los valores, y esto también lo dice Norberto Bobbio en El problema del positivismo, ya que las ciencias modernas en lugar de verdad tienen un fin y entonces por eso creen que la filosofía es inútil, así es como las ciencias se están separando de la filosofía. Pero la verdad es que la filosofía si es muy importante para las ciencias por que como dice el autor es la arquitectura de las ciencias, ya que precisa su objeto de estudio, por eso es que como el derecho cada vez se ha ido olvidando de la filosofía no puede tener claro cual es su objeto de estudio, el derecho ahora no lo vemos con valores, sino lo vemos como una autoridad, litigio del más fuerte de los argumentos. Es por eso que Villey ha tratado de instalar la filosofía del derecho.

El ignorar a la filosofía es ignorar lo que se va a saber “es como si se nos explicase una guía de ferrocarriles, sin decirnos nada sobre el destino del viaje ni la estación de partida” y Villey dice que a la filosofía jurídica retoca determinar la definición del derecho con relación a la moral, la política y la economía, además también de saber cuales son las fuentes de derecho y los métodos de la ciencia jurídica.

Es por eso que los problemas de la filosofía son tres, y sin la filosofía no podríamos resolverlos, aunque de todas formas sea un problema:
- La ontología jurídica: la cual su objeto será la definición del derecho, y para ello se basa en quienes inventaron el derecho y así comprobar.
- La metodología jurídica: tiene que resolver el problema de los medios que hay que seguir para alcanzar el derecho, esto quiere decir, las fuentes del derecho, y también el lenguaje jurídico.
- La axiología jurídica: capta los valores entre lo que es justo, y nos dice que “deber ser, critica emitir juicios de valor” y es que al decir esto se contradice, por que antes ya dijo que el derecho al ser natural no tiene que ver con los juicios de valor y eso también lo explica en sus teorías derivadas y originarias del derecho. Villey dice que no reconoce la existencia de ciencia jurídica por que dice que no hay ciencia de lo justo, pero yo más bien creo que no es ciencia de lo justo sino que la ciencia jurídica son proposiciones que son falsos o verdaderos y que su objeto de estudio es el derecho, es decir, las normas jurídicas y Villey nos dice que no hay ciencia del derecho sino prudencia aplicada al derecho, pero yo creo que no es prudencia, ya que el legislador es quien es considerado como prudente, pero a veces como dice Villey hay vicios del derecho, como las lagunas, el lenguaje, la interpretación de normas, y además Villey se contradice otra vez al hablar de arte jurídico como sinónimo de ciencia jurídica. Yo creo más bien lo mismo que Aristóteles que el saber jurídico tiene que ver con las inclinaciones o los fines que el hombre por naturaleza está orientado.

En el campo jurídico hay tres distintos niveles del saber, ya sea el filósofo, el científico y el prudencial, y yo creo que los juristas, los filósofos y los científicos no deberían ser tan radicales, sino deberían de tomar un poco de cada uno para formar un derecho ideal, es decir, un derecho justo, racional y prudente.

También Villey nos dice que es importante la dialéctica en el derecho, ya que la dialéctica es el diálogo ordenado que busca la verdad, pero yo creo que las conclusiones de la dialéctica son imperfectas y provisionales.

Además la filosofía del derecho es muy importante por que no es filosofía en general, sino que se desprende la ética, y al hablar de ética podemos referirnos a los valores, y si hablamos de valores podemos decir que hay justicia en el derecho.

Aristóteles en su libro Ética a Nicomano, dice que el fin de la actividad jurídica es la justicia, en cambio Villey es un poco raro por que sigue la corriente aristotélica y primero sus teorías y filosofía van de acuerdo con Aristóteles pero hay momentos en que dice todo lo contrario a lo que ha dicho él o Aristóteles, por ejemplo Villey dice que no hay que confundir al derecho con la moral o la ética, por que la moral describe comportamientos buenos y virtudes o comportamientos malos o vicios, que el objeto de la moral es hacer el hombre virtuoso, bueno, valiente y honesto; en cambio el fin del derecho es que el ciudadano y cada uno tenga cada quien lo suyo, y nos dice que como no puede ser realizada por los particulares necesita de un órgano público, es decir un juez o un legislador, pero ¿Por qué ellos? Si han sido formados por un derecho basado en la ciencia y no es los valores?, yo creo que sería mejor que esta actividad fuera realizada por un filósofo del derecho, yo creo que sería más prudente y justo, ya que ahora es triste decir que el derecho no busca la justicia ni muchos la verdad, sino lo que buscan los abogados es tener la razón, es decir, convencer al juez por medio de la “dialéctica” o “retórica”, y el abogado ya no busca la verdad, solo como dice Villey “la repartición de los bienes de modo que cada uno reciba lo suyo” pero yo no creo que sea así en todos los casos por que dar a cada quien lo suyo es justicia, y no hay justicia en algunos abogados por que ni siquiera dan a cada quien lo suyo, como la ley de extinción de dominio, como la despenalización del aborto, y al defender los abogados a personas delincuentes, por que así no están salvaguardando el patrimonio o la integridad de la persona que fue agredida.

Villey nos dice que el derecho no se ocupa de bienes internos, sino de bienes externos, pero creo que su concepción ce interno esta mal por que se refiere a espiritual, y yo pensaría que es más bien moral, y el al hablar de espiritualidad dice que no es posible repartir amor u odio, pero yo creo que al hablar de moral, si se puede repartir justicia.

Nos dice también que el derecho nace de intereses distintos y por eso hay disputas de bienes, y es por eso que en un hombre solo o en sociedades inferiores no se da lo jurídico y pone como ejemplo a la familia, pero yo creo que si se da lo jurídico en ambos casos, por que en el libro La génesis del derecho vemos que un hombre solo si tiene relación con lo jurídico tan solo por estar en un determinado lugar ya sea aéreo, terrestre o marítimo, y de la familia también tiene una relación jurídica, ¿no es acaso el matrimonio, la adopción, la emancipación, el nombre, las actas del registro civil?

Aristóteles nos dice que “la naturaleza de una cosa es su fin” y el fin del derecho por lo tanto será su esencia, pero ¿y si no se sabe el fin? O hay distintas concepciones, es complejo saber su fin y por lo tanto su esencia, pero a fin de cuentas concluye en que los fines del derecho coinciden con los fines de justicia, y que la esencia del derecho es “una proporción en al repartición de los bienes entre los miembros de un grupo”, pero como ya he dicho antes si esto no es aplicado o llevado acabo ¿entonces no es derecho? Al respecto Marx dice que “el derecho ya no es el servidor de las libertades individuales, sino un instrumento al servicio colectivo o de una clase dominante” esto quiere decir que el derecho ya no ve por las personas ni por sus derechos, sino ve por los intereses, por ejemplo el abogado se fija en quien le va a pagar más el delincuente o la persona que fue agredida, y si sabe que el delincuente debe estar en la cárcel, éste con tal del pago lo defenderá para que esté libre. Y también que las personas ya no tienen derechos sino deberes para la sociedad.

Después nos habla de dos tipos de derecho que son la fuente del derecho público y del privado, primero la repartición de cargas y funciones de propiedades, salarios, impuestos, y segunda de los intercambios como los delitos y contratos, pero no entendí donde hay un intercambio en los delitos.

Siguiendo la definición de derecho como todo autor nos dice que no hay que confundir al derecho con la moral, no hay que ver las virtudes, sino la repartición de los bienes.

Regresando a lo anterior el autor nos dice lo mismo que Bobbio que los fines están en manos de los filósofos, pero los filósofos ya no pueden ser encontrado en la realidad, por que ahora quienes se ocupan de la realidad son los científicos.

Y por otra parte nos dice que los fines del derecho e incluso su objetivo, los saca de la moral, de la política y de la economía, y yo estoy de acuerdo no en que los saca, sino en que debería sacarlos de la moral.

Villey nos dice que hay diversas deducciones del derecho, es decir, originario, o lo que le corresponde a cada uno; y derivado, la actividad de los juristas en determinar lo que es de cada quien, es decir lo que dicte el legislador. Y el derecho es la observación de la naturaleza, y yo creo que así es que el derecho se forma solo y de igual manera cambia y se transforma solo, conforme las necesidades van cambiando el derecho se va adecuando, y yo no creo en tener fe del legislador o dogmática jurídica, por que hay lagunas en la ley, y por que en los textos a veces ya no se adecuan con las necesidades e la sociedad. Estoy en contra de una afirmación de Villey que dice que “con el juez nació el derecho, y sin el juez no hay derecho” y es que yo creo que el derecho se hace mas bien de la costumbre y de los usos, no del juez, entonces estaríamos como en los tiempos de “la venganza privada” o de la “venganza divina”. Que Villey se apoya en la concepción de justicia de Aristóteles, pero la verdad es que no es así por que ni siquiera admite la justicia en el derecho y además la igualdad no se encuentra ni en su pensamiento, y ¿como quiere hablar de justicia sino reconoce la igualdad?

Si el autor sigue la corriente de Santo Tomás ¿Por qué dice que el derecho es derivado? Si Santo Tomás nos dice que “los derechos naturales del hombre serán los que se fundan en esa naturaleza y nacen de ella”

Además no quiere que como principios generales del derecho este la expresión de derecho natural, pero yo pienso que es todo lo contrario que del derecho natural es el principio del derecho. Además para mi el derecho natural es el más justo pero no tiene eficacia por ejemplo podría decir que el derecho natural está la eutanasia por que todos tenemos los que queramos tenemos derecho a una muerte digna; la maternidad subordinada por que es mejor este proceso que el abortar, que el tirar a la basura a un bebe, a que viva en violencia por no haber sido deseado, etc; la adopción para homosexuales por que creo que la gente tiene un estereotipo con respecto a esta orientación sexual, ya que creen que los homosexuales son depravados sexuales, que tienen varias parejas, que tienen sida, que no tienen valores ni moral, y claro que hay algunos así, al igual que lo hay en personas heterosexuales, pero los homosexuales son personas y tienen derechos, no por adoptar a un niño significa que lo guíen para ser homosexual.

Y el derecho racional yo creo que es muy ineficaz y hasta inútil como el divorcio Express, el impuesto del IVA y la tenencia, supuestamente es para mejorar o tener menos conflictos, pero en realidad esto empeora la situación, en el divorcio Express el proceso es mucho más rápido, pero las consecuencias son mayores como la patria potestad, los bienes, y no ven la afectación en este caso de los hijos, o del patrimonio.

Hay una teoría llamada “teoría tridimensional” o integral del derecho, sus representantes son Miguel Real y Recasens, y esta teoría creo que es mejor a los que propone el autor, ya que el autor propone lo contrario a esta teoría, que el derecho no tiene elementos que pueden ser separados, estos elementos son: norma, valor y hecho. Y el autor si separa al valor del derecho. Además esta teoría no explica básicamente las posturas del autor del libro en que el estudio del derecho puede ser filosófico o científico.

El filosófico habla de normas como lógica jurídica, de los hechos como ontología jurídica, y como valores a la axiología o a la teología que el autor no reconoce. En cambio el científico habla de normas como teoría del derecho.

Y es por eso que ahora el razonamiento jurídico ya no tiene verdad, sino solo fuerza persuasiva.

Otro problema del autor son las fuentes del derecho y las divide en dos: en fuentes ideales que son las que se encuentran en el espíritu divino o humano; y las fuentes factuales que son los hechos en donde el derecho se induce.

En las fuentes ideales reconoce como fuente del derecho a los evangelios, y yo creo que si es fuente del derecho por que directa o indirectamente en la Biblia dice: no matarás, no robarás, etc. Pero por otro lado no reconocerlo al grado de que Dios tiene su representante como lo era antes con los emperadores, y Locke dice algo que considero igual a lo que propone el autor diciendo “las leyes merecen ser obedecidas cualquiera que sea su contenido solo en razón de su forma: por que procede de una autoridad o voluntad competente instituida por el contrato social acordado por los hombres libres” esto quiere decir que la fuente del derecho es la voluntad del legislador, pero no creo que sea eficaz en algunos casos y el legislador simplemente lo ignora por alguna razón, como por ejemplo los monopolios que en la Constitución están prohibidos, sin embargo los hay, tal es el caso de Telmex, PEMEX, Luz y fuerza.

Entonces como una conclusión podemos decir que la pérdida de valores de la ley, tiene una relación con el positivismo científico, “al trasladar al campo de las ciencias humanas el método de las ciencias naturales” al igual que dice Bobbio.

Además nos dice que “las reglas no constituyen un orden jerárquico, armonioso, sino por el contrario, pueden incurrir en contradicciones” por ejemplo en el derecho civil y en el derecho penal hay contradicciones en cuanto al aborto, el derecho penal si lo acepta y el derecho civil no.

Por otro lado “las leyes injustas no son siquiera leyes” ¿Por qué afirma ésta frase si primero dijo que las leyes deben ser obedecidas cualquiera que fuera su contenido? También dice que “el destino moral del derecho es el de convertirse en derecho positivo” y después dice que “no hay un orden positivo” por eso es que el libro no me gusto por que tiene muchas contradicciones y se revuelven todas sus ideas.

El autor en pocas palabras está en contra de la moral tanto en el derecho aplicado como en el lenguaje jurídico, por que dice que es una contaminación al igual que las demás ciencias, y si no estuviera contaminado de valores entonces la norma jurídica no tendría como objeto lo justo, sino mas bien solo la regulación por medio de la fuerza, y esto es lo que pasa actualmente con el derecho.

Ahora veremos la teoría de J. Finnis que es lo contrario a M. Villey, y nos dice que “los principios de la ley natural, especifican las formas básicas del bien y del mal por que pueden ser captados por cualquiera que tenga uso de razón” en cambio mi punto de vista es igual al de Finnis al decir que la ley natural o moral puede ser aceptada y aplicada al derecho.

Villey es muy estricto en cuanto al lenguaje jurídico por que dice que se contamina, en cambio Finnis usa términos y conceptos muy variados para entender mejor, aunque también jurídicos, sin embargo Finnis dice algo igual que Villey que la prudencia lo vale todo por que orienta y ordena eficazmente toda la vida moral, y hago la misma pregunta ¿Cómo puede hablar un legislador de moral si su formación fue positiva?

Además los principios de la ley natural expresan las formas básicas del bien humano, es decir, que “constituyen el sustrato valorativo” y si el derecho pretende servir a los hombres no debe perjudicar sus bienes básicos.

Finnis nos dice que el término valor es el más apropiado para el bien, entonces el derecho no hace el bien por que no es valorativo, y al hablar de valores Finnis nos dice que en la ley natural hay siete bienes: la vida, el conocimiento o la verdad, la experiencia estética o la valoración, la sociabilidad, la razonabilidad práctica o hábitos y actitudes, y la religión u orden entre humanos y cosmos.

Para Finnis la importancia de un derecho valorativo es que tiene que estar justificado y considera: un plan de vida coherente, el cual tiene como objetivo la armonía, compromisos y orientaciones; ninguna preferencia entre los valores, ni preferencias entre las personas, además del respeto a todos los valores en cada acto que se realice, y rechaza todos los actos que solo dañan un bien humano, aquí podría decir que rechaza la despenalización del aborto por que está en contra del bien que es la vida. Y Finnis dice una frase que me gusto mucho llamada la “regla de oro” es decir, “hacer a los demás lo que quisieras que te hicieran a ti, y no imponer a los demás lo que no quieres que te obliguen a aceptar” y yo creo que muchas personas y legisladores no conocen esta regla, ya que no la aplican, como el aborto, a nadie le gustaría que estando en el vientre de la madre le privaran de la vida, al igual que la maternidad subrogada y la adopción a homosexuales, ya que los legisladores no permiten la maternidad o paternidad, y a ellos tal vez no les gustaría que se les privara de éste derecho.

Por otro lado, en cuanto a la definición de derecho Finnis nos dice que el derecho es coactivo, esto quiere decir que hay un equilibrio de ventajas entre la persona que viola la ley y de la persona que la observa, y también que el derecho regula su propia creación mediante reglas e instituciones. Entonces nos da una definición de derecho un poco larga a la común y dice que el derecho es “reglas producidas, de acuerdo con reglas jurídicas reguladas, por una autoridad determinada y efectiva, para una comunidad completa y apoyada por sanciones dispuestas por instituciones juzgadoras guiadas por reglas, todo ello orientado a resolver razonablemente cualquiera de los problemas de coordinación de la comunidad en orden al bien común de la misma”. Esta definición me gusto mucho por su fin que es el resolver razonablemente los problemas, pero de acuerdo al bien común de la sociedad, y creo que esta sería la mejor definición pero no creo que sea aceptada por que el bien común es difícil de aceptarlo en esta época moderna, y es por eso que es el legislado el que crea el derecho y no por el bien común que sería lo más correcto ya que como dice Finnis “el bien común es el objeto de toda justicia” y si el derecho fuera creado con el bien común de la sociedad sería justo, pero como no es así algunas veces el derecho es injusto.
Y por ultimo considero que M. Villey define al derecho y a su método por medio de lo razonable, en cambio J. Finnis define al derecho de acuerdo a lo natural o ley natural.

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